miércoles, 19 de octubre de 2016

Argentina:Diputados piden explicaciones sobre resolución 56 del INPI


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Argentina: Diputados del FpV pidieron que el INPI explique la resolución que favorece a laboratorios extranjeros

pharmabaires, 17 de octubre de2016
 
Una docena de diputados del Frente para la Victoria y Graciela Camaño del Frente Renovador, pidieron explicaciones en sendos proyectos parlamentarios sobre la reciente resolución 56 del INPI y advirtieron que tendrá un efecto nefasto para las patentes farmacéuticas.
El proyecto de resolución presentado por el Frente para la Victoria lleva la firma de Axel Kicillof, Eduardo De Pedro, Lautaro Gervasoni y Liliana Mazure, entre otros.
El bloque del FpV recuerda que el actual presidente del INPI, Dámaso Pardo, fue socio del estudio de abogados Pérez Alati, Grondona, Benites Arntsen & Martínez de Hoz,  que ha sido “importante aportante” a la fundación de la vicepresidenta Gabriela Michetti y en consecuencia interpreta que puede existir “alguna relación entre el nombramiento del Doctor Pardo como presidente del INPI y los aportes realizados por el estudio jurídico en el que era socio”.
“Creemos que esta medida favorece a los monopolios extranjeros y provocará un aumento de los precios de los medicamentos, con el consiguiente impacto sobre los presupuestos familiares y de los sistemas de salud públicos y privados. Asimismo, tendrá un efecto negativo sobre el empleo, las inversiones y el desarrollo de la industria argentina”, alertó el proyecto del FpV.

A su vez, la diputada Camaño en su proyecto advirtió que “esta nueva resolución permitirá la importación de patentes extranjeras y la relajación de nuestros stándares de calidad. Hecho grave y más aún cuando se trata de productos farmacéuticos de uso en seres humanos”.
“No podemos relajar nuestro sistema de estudios y controles, dejando en manos extranjeras el estudio de fondo de los requisitos de patentabilidad que hasta la fecha nos han regido”, pidió Camaño.



PROYECTOS DE RESOLUCION
Frente para la Victoria

Expediente 6882-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA GESTION DEL "INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL - INPI -".

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a fin de solicitar que, en los términos del artículo 100, inciso 11 de la Constitución Nacional, y a través del organismo que corresponda, brinde ante ésta H. Cámara de Diputados información precisa y detallada respecto de la gestión del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), organismo dependiente del Ministerio de Producción de la Nación, en relación a los siguientes temas:
1) La Ley de Patentes N° 24.481 obliga al INPI a realizar un examen de fondo en toda solicitud de patentes. En cambio, la resolución INPI 56/2016, dictada con fecha 12 de septiembre de 2016, permite que dicho organismo omita el examen de fondo y considere válido el examen realizado por una oficina extranjera. ¿Existen fundamentos que justifiquen dicha contradicción?
2) ¿Considera que el examen de fondo de las solicitudes de patente es un trámite que puede ser obviado?
3) El Convenio de París establece el principio de la independencia absoluta de las patentes. En cambio, la Resolución INPI 56/2016 permite conceder una patente en Argentina si una patente equivalente fue concedida en el extranjero. ¿Existen fundamentos que justifiquen dicha contradicción?
4) La Resolución INPI 56/2016 permite considerar válido en Argentina el examen de fondo realizado por cualquier oficina de patentes del mundo que realice dichos exámenes. Al respecto informe:
a. ¿Se realizó una evaluación de cuáles son las oficinas de patente extranjeras cuyos exámenes de fondo se pueden considerar válidos en Argentina? En su caso, acompañarla.
b. ¿Se realizó una evaluación de la calidad de las patentes otorgadas por las oficinas de patente extranjeras cuyos exámenes de fondo se pueden considerar válidos en Argentina? En su caso, acompañarla.
5) Si el INPI considera válidos los exámenes de fondo realizados por oficinas extranjeras y omite realizar su propio examen de fondo, ¿cómo se asegurará la calidad de las patentes otorgadas en la República Argentina?
6) ¿Qué medidas prevé adoptar el INPI para resguardar el dominio público en nuestro país y evitar la concesión de patentes indebidas?
7) ¿Existe alguna previsión respecto de la responsabilidad del Estado por los daños que puedan causar las patentes concedidas en forma indebida por aplicación de la Resolución INPI 56/2016?
8) ¿Qué evaluación se hizo respecto del impacto de la Resolución INPI 56/2016? Informar la estimación realizada de patentes que se concederán por aplicación de este mecanismo, su clasificación por área tecnológica y el tiempo que insumirá su concesión al omitir el examen de fondo.
9) Informe si se encuentra en estudio del INPI o de otra oficina del Poder Ejecutivo la suscripción de actos administrativos que confieran mayor celeridad a los trámites de las patentes y/o permitan omitir el examen de fondo por el INPI.
10) En forma previa a la emisión de la Resolución INPI 56/2016, ¿se consultó su impacto con los distintos sectores de la economía nacional que pueden verse afectados? En caso afirmativo, ¿con qué sectores y qué entidades representativas?
11) En forma previa a la emisión de la Resolución INPI 56/2016, ¿se ponderó el impacto que la misma podía tener puntualmente sobre los medicamentos y las patentes farmacéuticas?
12) ¿Se realizó una evaluación de los costos que la Resolución INPI N° 56/06 tendría sobre el acceso a medicamentos, tanto a nivel público como a nivel privado? ¿Se consultó con el Ministerio de Salud de la Nación, con el Consejo Federal de Salud (COFESA) y con la Secretaria de Comercio el impacto en los precios y en el acceso a los mismos?
13) En forma previa a la emisión de la Resolución INPI 56/2016, ¿existieron pedidos de compañías extranjeras o de funcionarios de las embajadas de otros países para adoptar dicha resolución? En caso afirmativo, brinde detalles sobre las personas y entidades que realizaron dicho pedido.
14) La Asociación Argentina de Agentes de la Propiedad Industrial (AAAPI), en su Boletín de Socios nº 1359, informó que se reunió con el Presidente del INPI, Dr. Dámaso Pardo, quien les comunicó que en breve sería emitida una resolución denominada “PPH local”. ¿Por qué razón el presidente del INPI informó a la AAAPI la emisión de la resolución INPI 56/2016 con antelación a su emisión y publicación en el Boletín Oficial?
15) En el blog “IP Tango” del jueves 27 de septiembre de 2016, se informa que el Lic. Matías Schweizer, funcionario del INPI, participó del “Séptimo Seminario Latinoamericano” titulado “Innovation and Health” realizado en la Ciudad de México entre los días 21 y 23 de septiembre de 2016. En dicho seminario, el mencionado funcionario expuso, ante representantes de laboratorios multinacionales, sobre “los nuevos planes del INPI argentino para promover la innovación y apoyarse en los exámenes de oficinas de patentes extranjeras”. Brinde una copia de la presentación realizada.
16) El actual presidente del INPI, Dr. Dámaso Pardo, era socio del estudio jurídico Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h). El mencionado estudio jurídico ha sido un importante aportante a la Fundación “SUMA” de la Vicepresidenta Gabriela Michetti como así también de otras entidades vinculadas al PRO. ¿Existe alguna relación entre el nombramiento del Dr. Pardo como presidente del INPI y los aportes realizados por el estudio jurídico en el que era socio?
17) Según la revista “Chambers and Partners Latin America”, el estudio jurídico Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz (h), en el cual el actual presidente del INPI era socio, cuenta entre sus clientes con importantes compañías multinacionales con fuertes intereses vinculados a las patentes de invención (Dow Chemical, Exxon Mobil, Shell, Hewlett-Packard, Google, Youtube, Spotify, Netflix, etc.). Al respecto informe:
a. ¿Qué medidas se adoptaron para asegurar la independencia de criterio del Presidente del INPI en los asuntos bajo su decisión?
b. ¿Qué impacto tiene la Resolución INPI N° 56/16 para las compañías mencionadas?

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Las patentes son monopolios que permiten a su dueño ser el único oferente de ese producto en el mercado. Esto se traduce en precios altísimos por ausencia de competencia. Por este motivo, las patentes no pueden concederse sin establecer determinados recaudos.
En los últimos veinte años, este Congreso de la Nación dictó leyes y la administración pública llevó adelante diversos procedimientos para que el otorgamiento de patentes respete el equilibrio sobre todo en áreas sensibles como salud, alimentación y medio ambiente.
Sin embargo, el Presidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), dicto la Resolución 56/2016 de fecha 12 de septiembre de 2016, que establece que se podrán considerar cumplidos los requisitos de patentabilidad (novedad, actividad inventiva y aplicación industrial) y otorgar una patente si una oficina extranjera concedió una patente equivalente, sin necesidad de que la oficina argentina haga su propio análisis de patentabilidad (vid. Art. 1). En otras palabras, la nueva resolución permite la extranjerización de las decisiones sobre concesión de patentes.
De tal modo, los actos administrativos del INPI se “importan” desde oficinas de otros países que no necesariamente coinciden con las características y políticas de nuestro país. Se han denominado patentes “express” porque con el argumento de la modernización del trámite, la patente se concede sin control local. Se facilita en forma desmesurada el patentamiento, eliminando exigencias de prueba relevante y salteando etapas del proceso de evaluación.
Así, el INPI se transforma en una mesa de entradas receptora de solicitudes de patentes extranjeras, que deberá concederlas con la mayor celeridad posible, vulnerando las funciones de resguardo del dominio público nacional que debe cumplir.
Desde un punto de vista jurídico, la Resolución N° 56/2016 se considera inconstitucional porque es incompatible con el art. 27 de la ley 24.481 que impone que, en todas las solicitudes de patente, el INPI realice su propio examen de fondo y vulnera el principio de independencia de las patentes del Convenio de París, un tratado internacional de la que la República Argentina forma parte desde 1966, por el cual nuestro país tiene independencia absoluta en cuanto a la concesión, denegación o caducidad de una patente.
Ley de Patentes obliga al INPI a examinar detalladamente cada solicitud de patente. Dicha exigencia es directamente incumplida ya que el INPI puede apoyarse en la decisión de oficinas extranjeras para conceder las patentes sin examen de fondo local.
En la industria farmacéutica, esta medida, que favorece el avance en nuestro país de los monopolios extranjeros, se traducirá en un aumento de los precios de los medicamentos, con el consiguiente impacto la salud pública. Provocará, además, un impacto negativo sobre las inversiones, el empleo y el desarrollo de la industria farmacéutica nacional, asimismo, contradice la jurisprudencia de la Justicia Nacional Civil y Comercial Federal que ha afirmado, en reiteradas oportunidades, que el INPI debe ejercer sus funciones conforme al ordenamiento jurídico argentino, sin reconocer dependencia científica o administrativa de ninguna oficina extranjera de patentes.
Por otro lado, la Resolución 56/2016 es una forma indirecta de dejar sin efecto las “Pautas para el Examen de Patentabilidad de las Solicitudes de Patentes de Invenciones Químico-Farmacéuticas” (Las pautas fueron aprobadas por la Resolución Conjunta Nº 118/2012, 546/2012 y 107/2012) y fueron establecidas para prevenir los efectos nocivos de la práctica del “evergreening”.
La palabra evergreening hace referencia a las estrategias de empresas farmacéuticas multinacionales para extender la vida de la patente inicial. Así, una misma invención que en teoría puede tener un máximo de 20 años de protección, por la estrategia del evergreening puede llegar a tener un monopolio de 40 o más años.
De tal modo, las patentes se utilizan para generar o mantener posiciones monopólicas que afectan a los competidores y a los consumidores, sin realizar una verdadera contribución técnica, limitando la competencia legítima y socavando la innovación.
Las Pautas argentinas establecieron criterios rigurosos para el examen de los requisitos de patentamiento a fin de evitar abusos. La aplicación de estos criterios de patentabilidad tuvo efectos muy positivos para la salud pública, los consumidores y la competencia en el mercado
Cabe señalar que la aplicación de políticas anti evergreening como las Pautas argentinas es una recomendación del reciente Reporte del Panel de Alto Nivel sobre Acceso a los Medicamentos del Secretario General de las Naciones Unidas, de Naciones Unidas, constituyendo la República Argentina un modelo exitoso observado por muchos países. El reporte se encuentra disponible a la fecha únicamente en inglés (Cfr. Report of the United Nations Secretary-General’s High Level Panel on Access to medicines. Promoting innovation and access to health technologies, September 2016, disponible en: http://www.unsgaccessmeds.org/final-report/, ps. 9, 23 y 28).
En conclusión, con esta medida el INPI abandona una política de Estado de más de 20 años expresada en las Leyes N° 24.425, 24.481, 24.572, 24.603, 24.766 y 25.859, dictadas por el Congreso de la Nación, vulnerando sus funciones constitucionales de protección del interés público.
Creemos que esta medida favorece a los monopolios extranjeros y provocará un aumento de los precios de los medicamentos, con el consiguiente impacto sobre los presupuestos familiares y de los sistemas de salud públicos y privados. Asimismo, tendrá un efecto negativo sobre el empleo, las inversiones y el desarrollo de la industria argentina.
Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.


Proyecto Graciela Camaño
Expediente 6997-D-2016
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL DICTADO DE LA RESOLUCION 56/2016 DEL "INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL - INTI -", EN LO RELACIONADO A LAS SOLICITUDES Y APROBACION DE PATENTES DE MEDICAMENTOS.

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional informe sobre diversas cuestiones relacionadas con el Instituto Nacional de Propiedad Industrial acerca de:
1) El alcance de la Resolución 56/ 2016 de dicho organismo, sobre solicitudes y aprobación de patentes en lo referente a medicamentos;
2) Que estándares de estudio se aplicaran y cuáles serán los requisitos de patentabilidad antes de su aprobación; y
3) En qué medida dicha resolución incidirá sobre la calidad y los precios de los medicamentos.


FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La facultad de otorgar una patente se encuentra bajo la órbita del Instituto Nacional de propiedad Industrial (INPI) que depende del Ministerio de Producción.
Dicho organismo acaba de dictar la Resolución 56 /2016 que entrará en vigencia el 15 de octubre del corriente año. Por la misma se faculta a la Administración Nacional de Patentes a dar por cumplidos los requisitos exigidos por el art. 4 de la Ley 24.481, de nuestra legislación, si dicha patente hubiese sido concedida en el extranjero por la oficina de origen o por otras oficinas.
Derogando las Resoluciones 263/03 y 125/09 que ya autorizaba a dicha Institución a los fines de acelerar la concesión o denegación de las solicitudes de patentes de inveción, a dar por satisfechos los requisitos de patentabilidad en lo que se refiere a la búsqueda de antecedentes internacionales, para aquellas solicitudes nuevas que acrediten una patente homóloga concedida en el extranjero por oficinas que cuenten con criterios de patentabilidad y de examen similares a los que rigen en nuestra Administración
Esta nueva resolución permitirá la importación de patentes extranjeras y la relajación de nuestros stándares de calidad. Hecho grave y más aún cuando se trata de productos farmacéuticos de uso en seres humanos.
No podemos relajar nuestro sistema de estudios y controles, dejando en manos extranjeras el estudio de fondo de los requisitos de patentabilidad que hasta la fecha nos han regido.
Por otra parte hay que tener en consideración como impactará esta medida en el precio de los medicamentos, que ya han aumentado un 40% en lo que va del año.
Por lo expuesto considero necesario se nos aclare e informe sobre el alcance de esta Resolución.


Original en 
http://www.pharmabaires.com/index.php/features/typography/700-diputados-piden-explicaciones-sobre-resolucion-56-del-inpi

martes, 18 de octubre de 2016

Médicos Sin Fronteras rechaza un millón de vacunas gratis

Médicos Sin Fronteras rechaza un millón de vacunas gratis

Esta es la razón por la que la organización ha rechazado la donación de un millón de vacunas contra la neumonía

Médicos Sin Fronteras no quiere la caridad de una de las mayores farmacéuticas del mundo. En un movimiento sin precedentes, la organización rechazó la semana pasada la donación de Pfizer de un millón de vacunas contra la neumonía. Y algunos se preguntan, ¿por qué una oenegé ha repudiado una ayuda que salvaría la vida de miles de personas?
Ni más ni menos que por principios.
Según el periodista James Hamblin, Pfizer ingresó el año pasado 6.245 millones de dólares gracias a su vacuna contra la neumonía llamada Prevnar 13. Teniendo en cuenta que la neumonía es la causa principal de muerte infantil, la vacuna de Pfizer se convierte automáticamente en un bien preciado que se recomienda administrar a todos los niños del mundo.
Y su eficacia está más que demostrada. Desde que se introdujo en EEUU los casos de neumonía estreptocócica severa bajaron en un 88%. Sin embargo, hay un problema: la vacuna de esta farmacéutica es única en el mercado y su tecnología está protegida por patentes que hacen imposible que ninguna otra compañía pueda sacar al mercado algo parecido.
Su singularidad convierte a Prevnar 13 en un negocio muy rentable para Pfizer, que llega a cobrar más de 60 euros por dosis en países como Marruecos, Grecia o Túnez. Un negocio construido sobre la salud infantil contra el que MSF lleva años luchand o .
La singularidad de Prevnar 13 permite a la farmacéutica cobrar más de 60 euros por dosis en países como Grecia, Marruecos o Túnez.
Desde que la vacuna se introdujo en 2009, MSF ha intentado tenerla en sus manos pero su precio siempre ha sido demasiado elevado para una oenegé. Ahora que la farmacéutica se la ha regalado, la organización no ha querido aceptar el agasajo.
Jason Cone, director ejecutivo de MSF en EEUU, ha explicado a Hamblin que las donaciones de farmacéuticas son ineficaces para resolver problemas gran magnitud. “Al dar gratis la vacuna contra la neumonía, las corporaciones farmacéuticas pueden usar esto como justificación para que los precios se mantengan altos para otros, incluyendo otras organizaciones humanitarias y países en desarrollo que no pueden acceder a la vacuna”.
Es decir, a corto plazo las personas bajo los cuidados de MSF se beneficiarían de las vacunas, pero a largo plazo esto traería problemas para los demás. Además, aceptar una donación de este calibre supone aceptar el statu quo del mercado de salud en el que los intereses de los monopolios farmacéuticos están por encima de las personas.
Al dar gratis la vacuna contra la neumonía, las corporaciones farmacéuticas pueden usar esto como justificación para que los precios se mantengan altos para otros, incluyendo otras organizaciones humanitarias y países en desarrollo que no pueden acceder a la vacuna
Por supuesto, desde Pfizer se han mostrado sorprendidos por la decisión de MSF al considerar que “sugerir que las donaciones no son valiosas desafían la lógica”. La portavoz de la compañía, Sally Beatty, le comentó a Hamblin que “Pfizer está comprometido en hacer vacunas a disposición del mayor número posible de personas”.
Sin embargo, cuando el periodista le preguntó si estaban dispuestos a bajar los precios de la vacuna para facilitar el acceso de las oenegés a la misma, la portavoz le contestó un aséptico “estamos explorando activamente una serie de nuevas opciones”.

nota original http://www.playgroundmag.net/noticias/actualidad/Medicos-Fronteras-vacunas-gratuitas-farmaceutica_0_1848415164.html

nota de MSF http://www.doctorswithoutborders.org/article/there-no-such-thing-%E2%80%9Cfree%E2%80%9D-vaccines-why-we-rejected-pfizer%E2%80%99s-donation-offer-pneumonia
 

Dictamen en Diputados al proyecto para permitir el uso de cannabis para tratamientos médicos

Telam, 18 de octubre de 2016

De esta forma el aceite de cannabis podría ser utilizado por personas con cáncer, VIH, dolores crónicos, fibromialgías, entre otras patologías.


Las comisiones de Seguridad Interior, de Salud y de Legislación Penal de la Cámara de Diputados emitieron dictamen sobre el proyecto para permitir el uso de cannabis para determinados tratamientos médicos.
Tras un debate en el que se mantuvieron fuertes discusiones entre los legisladores de Cambiemos y del kirchnerismo, finalmente el texto impulsado por el oficialismo obtuvo pocas firmas más que el encabezado por el FPV-PJ; aunque la relación de fuerzas podría cambiar mañana por la mañana, cuando venza el plazo para formalizarlas.

Desde esa bancada opositora proponían que se despenalizara el autocultivo de cannabis para el uso medicinal, sin que existiera intervención del Estado para regularlo.

En tanto, el proyecto de Cambiemos autoriza al Estado a que proporcione los aceites a los pacientes de epilepsia refractaria el aceite de cannabis, pero sin despenalizar el uso del monocultivo.

De esta forma el aceite de cannabis, de prosperar la reforma a la Ley de Drogas que debate Diputados, podría ser utilizado por personas con cáncer, VIH, dolores crónicos, fibromialgías (que produce dolores musculoesqueléticos crónicos generalizados), entre otras patologías.

Drug Safety Update - October 2016




MHRA, 17 de octubre de 2016
Este número contiene información actualizada consejos introducir una dosis recomendada más baja de etoricoxib (Arcoxia®) a 60 mg al día para los pacientes con artritis reumatoide o la espondilitis anquilosante. Una revisión de Europa en 2008 solicitó más ensayos clínicos para comparar la seguridad y eficacia de una dosis diaria de 60 mg con la dosis diaria recomendada anteriormente de 90 mg. Estos ensayos han establecido que 60 mg es una dosis eficaz aunque algunos pacientes pueden aún requerir la dosis de 90 mg.
En función de estos datos se hacen las siguientes recomendaciones:


  •  la dosis diaria efectiva más baja se debe utilizar, y la necesidad de tratamiento debe ser reevaluado periódicamente para reducir los riesgos cardiovasculares y otras
  • la dosis recomendada es de 60 mg una vez al día
  • en pacientes con insuficiente alivio de los síntomas, un aumento de la dosis de 90 mg una vez al día puede mejorar la eficacia
  • una vez que el paciente está estabilizado clínicamente, puede ser apropiado bajar a 60 mg una vez al día
  • en ausencia de beneficio terapéutico, deben ser consideradas otras opciones de tratamiento


También hay un resumen de las cartas enviadas a los profesionales sanitarios en septiembre incluyendo la retirada prevista de retigabina (Trobalt®) y la interacción entre la anticoncepción hormonal de emergencia que contenga levonorgestrel e inductores de enzimas hepáticas

lunes, 17 de octubre de 2016

Argentina: rige normativa que otorga patentes extranjeras de forma acelerada

 
A partir del sábado 15 de octubre comenzó a regir la resolución Nro. 56/ 2016 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), que flexibilizó la modalidad del otorgamiento de patentes, favoreciendo a las empresas extranjeras.
La medida deberá aplicarse por parte de los examinadores de patentes argentinos quienes podrán a solicitud de los propios abogados de las empresas pedir la concesión de una patente que otra oficina (EEUU, Europa) haya otorgado en otro territorio.
La Administración de Patentes solamente deberá realizar una búsqueda en el país y asegurarse que las reivindicaciones presentadas en Argentina posean un alcance igual o menor que la otorgada en los otros mercados.
Esta resolución abre la puerta al patentamiento acelerado “Fast Track” de solicitudes que en el caso de Argentina son un 85% ingresadas desde el exterior, lo que se denomina “importación” de patentes.
Según diputados de la oposición mientras la Ley de Patentes N 24.481 “obliga al INPI a realizar un examen de fondo en toda solicitud de patentes” de medicamentos, “la resolución INPI 56/2016, permite que dicho organismo omita el examen de fondo y considere válido el examen realizado por una oficina extranjera”.
Por su parte, los laboratorios observan de manera muy crítica las consecuencias directas de esta inicitiva pero, además, ven en la resolución del INPI un primer paso para terminar de habilitar la discusión de patentes, deseo histórico de los laboratorios extranjeros para ingresar fuerte al mercado nacional.
CILFA, cámara de laboratorios nacionales presentó un recurso administrativo ante el INPI para frenar la resolución 56 que para los laboratorios nacionales implica convertir al organismo en “una mesa de entrada” para patentes “importadas y express”.
La cámara de los laboratorios extranjeros, CAEME, defendió la resolución al afirmar que “la Argentina tiene los estándares más restrictivos de la región y de muchos países del mundo” para la obtención de las patentes industriales.
CAEME en un comunicado aseveró que “es  total y absolutamente respetuosa de las decisiones administrativas tomadas por las autoridades regulatorios del país” y aclaró que la resolución 56 “es de índole general y no se aplica exclusivamente para la industria farmacéutica”.
El presidente del INPI, Dámaso Pardo, quien fue por 15 años socio de Martinez de Hoz (Hijo) en el estudio de abogados PAGBAM, firmo la resolución 56 para beneficiar a los principales clientes de estos estudios quienes se verán beneficiados a partir de ahora de una resolución que pone en riesgo el acceso a los medicamentos a precios razonables al implantar un sistema de otorgamiento de monopolios de al menos 20 años.
 

Original en 
http://observadorpatentesur.blogspot.com.ar/2016/10/argentina-rige-normativa-que-otorga.html

EEUU: tuit de Bernie Sanders sobre la avaricia de la industria farmacéutica ocasiona pérdidas de 352 millones a una empresa



, playgroundmag.net,


  sanders
Ariad Pharmaceuticals incrementó el precio de su medicamento para la leucemia más de 181.000 euros en un año. Pero ahora ha pagado cara su avaricia
 
Durante el último año, han habido varios casos de especulación en los precios de algunos productos de la industria farmacéutica de EE. UU. y, por ello, el senador demócrata de Vermont, Bernie Sanders, ha dicho basta.
El viernes por la tarde denunció ante sus 2,6 millones de seguidores en Twitter que la compañía Ariad Pharmaceuticals incrementó el precio de su fármaco para la leucemia, Iclusig, "más de 181.000 euros en un año". A las pocas horas, la empresa perdió el 15% del valor de sus acciones, es decir, más de 352 millones de euros.
Quizá el senador no imaginaba que su mensaje tendría tanta repercusión. Pero, como apunta Bloomerang, esto ha significado la mayor caída del valor de la empresa en más de un año.
Su mensaje airado de 114 caracteres se debe a que después de que la compañía aumentara su importe 4 veces en un año, ahora, los enfermos de leucemia pagan más de 14.500 euros por sólo un paquete de 30 días. "La avaricia en las corporaciones de medicamentos es increíble".
Después que la empresa aumentara su precio 4 veces en un año, ahora, los enfermos de leucemia pagan 14.500 euros por un paquete de sólo 30 días
El fármaco fue aprobado por primera vez en 2012 y, en aquel momento, costaba unos 8.700 euros al mes. Sin embargo, desde entonces su precio no ha dejado de aumenta hasta llegar a un 73% de su importe inicial.
La candidata demócrata a la presidencia de EE. UU., Hillary Clinton, generó un efecto similar en la compañía farmacéutica Mylan. En aquel caso, sus acciones también cayeron en picado después de acusarlos de "especular con los precios" del EpiPen, un medicamento para la alergia.

el fármaco Iclusig ® (ponatinib)

miércoles, 12 de octubre de 2016

Argentina: Diputados del FpV pidieron que el INPI explique la resolución que favorece a laboratorios extranjeros

Política Argentina, 11 de octubre de 2016

Los legisladores solicitaron que el Instituto Nacional de la Propiedad Intelectual explique la medida que implementó hace menos de un mes a través de la que, según consideraron, se permite que dicho organismo "omita el examen de fondo" para solicitudes de patentes y "considere válido el examen realizado por una oficina extranjera".


Tras la implementación hace poco más de 20 días de la resolución 56 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), que flexibilizó la modalidad del otorgamiento de patentes para la venta de medicamentos en el mercado local al habilitar esa responsabilidad a organismos de terceros países, no se terminó la polémica.

Diputados del Frente para la Victoria presentaron un duro proyecto de resolución en el que cuestionaron la medida y exigieron que el INPI, que depende del Ministerio de la Producción, brinde "información precisa y detallada" sobre la gestión del organismo, sobre su titular y empresas a las que representaba como abogado antes de acceder a su cargo, y respecto de la resolución 56.

Es que la iniciativa generó que la discusión por patentes vuelva a la escena y se reabra una histórica y fuerte diferencia entre el Gobierno macrista y los laboratorios nacionales, que ya aseguraron que presentarán diversas denuncias ante la justicia.

Los legisladores consideraron una "contradicción" que, mientras la Ley de Patentes N 24.481 "obliga al INPI a realizar un examen de fondo en toda solicitud de patentes" de medicamentos, "la resolución INPI 56/2016, permite que dicho organismo omita el examen de fondo y considere válido el examen realizado por una oficina extranjera".

Además, se preguntaron si esta iniciativa se sostiene en considerar que "el examen de fondo" para pedir una patente de un medicamente "es un trámite que puede ser obviado". En el texto también observan otra "contradicción" al indicar que "el Convenio de Paris establece el principio de independencia absoluta de las patentes", y, en cambio, esta resolución del INPI avala decisiones sobre patentes tomadas en cualquier organismo extranjero.

Los diputados también cuestionaron al titular del organismo, Dámaso Pardo, al argumentar que, según la revista "Chambers and Partners Latin American", el estudio Pérez Alati, Grondona, Benítez Artnsen y Martínez de Hoz -del que era socio hasta asumir su cargo público- "cuenta entre sus clientes con importantes compañías multinacionales con fuertes intereses vinculados a las patentes de invención".

En ese sentido, mencionaron que entre los clientes del polémico estudio de abogados que integraba Pardo se encuentran empresas con intereses en el sector, como "Dow Chemical, Exxon Mobil, Shell, Hewlett-Packard, Google, Youtube, Spotify, Netflix", entre otras.

El pedido de información del FpV lleva las firmas de los diputados Eduardo "Wado" de Pedro, Axel Kicillof, Lautaro Gervasoni, Martín Pérez, Abel Furlán, Mauricio Gómez Bull, Luis Bardeggia, Analuz Carol, Liliana Mazure y Matías Rodríguez.

El 12 de septiembre, el Gobierno de Mauricio Macri publicó la resolución 56 del INPI, con la que estableció que se podrán considerar cumplidos los requisitos de patentabilidad y otorgar una patente si una oficina extranjera concedió una patente equivalente, sin necesidad de que la oficina argentina haga su propio análisis de patentabilidad.

La iniciativa recibió críticas de diversos sectores, como el ex ministro de Salud Ginés González Garcia, quien consideró que la medida va "en contra de la Argentina", tanto "para los pacientes" como para "la industria".

 


“El medicamento es un bien social”, señaló Carolina Gaillard, la presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados y añadió que “esta medida va a en contra de los argentinos porque producirá un aumento en el precio de los medicamentos".

La legisladora por el FpV explicó que "si menos laboratorios -en este caso extranjeros- tienen la exclusividad en la comercialización de los medicamentos a partir de que puedan estirar de modo irregular la vigencia de las patentes o que se les conceda patentes que no corresponden, habrá menos jugadores para terciar en el mercado, por lo que el precio de los medicamentos subirá".

Por su parte, desde la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (Cilfa) aseguraron que presentarán un amparo ante la justicia y denunciarán a Pardo, y explicaron que "esta medida favorece a los monopolios extranjeros y provocará un aumento de los precios de los medicamentos, con el consiguiente impacto sobre los presupuestos familiares y de los sistemas de salud públicos y privados".

Si bien desde el Ministerio de Producción, según La Nación, sugirieron que no habría vocación de dar marcha atrás con la resolución, también argumentaron que "el antecedente (del estudio hecho por otras oficinas nacionales) no es vinculante: el INPI luego del exhaustivo proceso de análisis, podrá otorgar o denegar la patente de acuerdo a los criterios de novedad, altura inventiva y aplicación industrial tal como lo establece la normativa".

Sin embargo, los laboratorios observan de manera muy crítica las consecuencias directas de esta inicitiva pero, además, ven en la resolución del INPI un primer paso para terminar de habilitar la discusión de patentes, deseo histórico de los laboratorios extranjeros para ingresar fuerte al mercado nacional.

Las empresas nacionales afirman que la norma del organismo favorecerá lo que en la industria se conoce como "evergreening", o sea la chance de que a un mismo medicamento se le extienda la patente por un período de 20 años, simplemente modificándole levemente su composición molecular.

Argentina: Precios de medicamentos en trepada sin remedio



ALTA CONCENTRACION DEL SECTOR Y FALTA DE CONTROL OFICIAL POSIBILITARON ALZAS DE HASTA 194 POR CIENTO EN PRODUCTOS ESENCIALES
Raúl Dellatorre, Página12, 12 de octubre de 2016


En tan sólo nueve meses, el aumento de los productos farmacéuticos de mayor demanda tuvo un incremento promedio del 59 por ciento. Considerando una canasta de los más utilizados por jubilados, la suba llega al 75 por ciento. Investigación de la Undav.








La relajación de los controles por parte de la Secretaría de Comercio, sobre un sector con muy alto grado de concentración del mercado, serían los ingredientes que posibilitaron que el 85 por ciento de los medicamentos de mayor demanda local hayan aumentado por encima del ritmo de la inflación en los primeros nueve meses del gobierno de Cambiemos. Los de uso más directo por los jubilados, tuvieron un incremento promedio del 75 por ciento. 

Esa es la conclusión a la que arriba un estudio realizado por el Observatorio de Políticas Públicas de la Undav (Universidad Nacional de Avellaneda), a partir del relevamiento de un total de 123 medicamentos representativos del consumo nacional. La investigación compara los precios de Vademecum de noviembre de 2015 y agosto de 2016. En esos nueve meses, ese conjunto de productos farmacéuticos registró un aumento promedio del 59 por ciento, 25 puntos más que el índice de precios al consumidor medido por el instituto de estadísticas porteño para el mismo período (33,7 por ciento). Entre los 20 productos farmacéuticos que conforman la canasta de medicamentos de jubilados (elaborada en base a estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación), el promedio supera en más de 40 puntos al IPC de la Ciudad. Ocho subieron su precio entre 100 y 200 por ciento en esos nueve meses (ver cuadro en esta página). Otros siete productos se encarecieron entre 50 y 85 por ciento.

Según los autores del trabajo, la combinación de “un consumo masivo e inelástico” con una estructura de oferta fuertemente concentrada, tanto en la producción como en la comercialización, hizo posible esta política abusiva de remarcaciones sin una presencia efectiva del Estado para neutralizarlo. La investigación toma como punto de partida el mes de noviembre pasado, dado que a partir de la devaluación de diciembre empieza a verificarse el violento corrimiento de precios. “Inicialmente, la devaluación del peso argentino tuvo un impacto directo en los precios de los insumos importados fundamentales para la producción de medicamentos (principios activos y envases)”, señala. El aumento en otros insumos, así como en los servicios públicos, fueron inmediatamente trasladados a los precios finales, dada la existencia de “una estructura concentrada, tanto en la cadena de producción como en la comercialización, que posibilita a los actores relevantes fijar los valores en el mercado”.

En los nueve meses transcurridos entre noviembre de 2015 y agosto de 2016, se verifica un incremento promedio del 59 por ciento, tomando en cuenta las variaciones de un total de 123 medicamentos que cubre el relevamiento de la UNdAv. De ese listado, 12 medicamentos tuvieron un incremento superior al 100 por ciento, y en total son 77 los que superaron el aumento medio del 59 por ciento. En el mismo período, el instituto de estadísticas de la Ciudad reflejó una suba del índice de precios al consumidor del 33,7 por ciento, guarismo sobre el que se ubicó el incremento de 17 de cada 20 productos farmacéuticos relevados (el 85 por ciento).

El estudio destaca que la Dirección de Estadísticas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el renglón de servicios relacionados con la salud, registró un incremento en los mismos nueve meses del orden del 28,4 por ciento, y en particular en productos farmacéuticos computó una suba del 22,8 por ciento. “Estos números agregados de avance de precios de la industria de los medicamentos contrasta notablemente con las variaciones a las que están expuestos los consumidores”, subraya el documento, que repasa además el impacto de estos aumentos sobre el poder de compra de los jubilados. Vale recordar que no hay estadísticas a nivel nacional, ya que el Indec interrumpió la toma de datos entre diciembre y marzo.

El Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad, que coordina Santiago Fraschina, elaboró una canasta de los medicamentos de consumo más usual entre adultos mayores, en base a distintos estudios y estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación sobre dolencias y tratamientos en esa franja etaria. Sobre el conjunto de veinte productos seleccionados, se compararon los precios informados por el Vademecum de AlfaBeta.net con los valores de la jubilación mínima, tanto en noviembre de 2015 como en agosto de 2016. Los valores de los medicamentos de la canasta aumentaron, en promedio, el 75 por ciento durante el período. Mientras que la jubilación mínima lo hizo en un 15,3 por ciento (un solo aumento semestral en el período).

Considerando por cantidad de unidades de medicamentos que podrían adquirirse con una jubilación mínima, la pérdida promedio de poder de compra resultante es del 36 por ciento. Así, por ejemplo, un producto para el control del colesterol, del cual se podían adquirir 20 cajas de 28 comprimidos en noviembre con una jubilación mínima, nueve meses después apenas se alcanzaba a pagar ocho cajas con el valor actualizado del mismo haber previsional, con un deterioro del 60 por ciento en el poder adquisitivo. Entre los productos seleccionados, se observa que para uno de uso para tratamiento de tiroides, la capacidad adquisitiva se redujo en el período de 96 a 46 cajas; en el caso del envase de un protector gástrico, el jubilado pasa de poder adquirir 31 envases a 18; en vasodilatadores, de 34 cajas a 20, o en un producto para la próstata, de 9 envases a 6.

“Pese a los cuantiosos incrementos de precios, las empresas del sector siguen presentando mejoras en sus niveles de ventas”, advierte el estudio. “Así, en el corriente año, el monto total de la facturación de la industria farmacéutica creció en un 56 por ciento para el primer trimestre, superando los 17.500 millones de pesos. Dada la marcada inelasticidad en el consumo del sector, este fenómeno se explica únicamente como producto del avance en el precio de los medicamentos de forma significativa por sobre la inflación”.

Canasta para jubilados

Los que más aumentaron
Uso terapéuticoProducto$ Noviembre$ AgostoVariación


20152016%
Control colesterolRosuvastatina Richet 10 mgx28 compr.209,96617,11194
AntimicóticoBetacort pluscremax2042,90118,60176
AntidepresivoServantax 50 mgx30 compr.133,40355,35166
Tratamiento tiroidesEuthyrox 100x50 compr.44,99107,19138
Antibiótico antibacterianoBiotic Pharma 500 mgx10 compr.65,30150,01130
Relajador del lisocardíacoAmiodipina Vannier 5 mgx30 compr.71,48160,00124
Protector gástricoOmeprazol Richet 20 mmgx28 caps.136,94275,39101
VasodilatadorFabosic 50 mgx30 compr.126,22252,36100
DiabetesMetformin Temis 850 mgx60 compr.140,89261,2585
AntiartrósicoDolo Artrilase 1500/15x30 sobres383,56652,2170
HipolipemiantesAmpliar 10 mgx30 compr.265,02429,2062
AsmaSeretide aerosol HFA 250/25 dosisx120476,29753,2258
PróstataReduprost 0.4 mgx60 caps.499,62784,8257
Fuente: Canasta de Medicamentos de mayor consumo de adultos mayores. Los precios surgen del Vademecum de AlfaBeta.net